La Policía Nacional española ya no sancionará el consumo ni la posesión de drogas en el interior vehículos privados estacionados, tras la emisión de Instrucción 7/2025 según el Secretaría de Estado de Seguridad (SES)Esta decisión se fundamenta en recientes sentencias judiciales que consideran que los vehículos estacionados son espacios semiprivados, que quedan fuera del ámbito de aplicación de Artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, tal como está actualmente.
Anteriormente, este tipo de comportamiento se penalizaba como si ocurriera en un espacio público. Sin embargo, dado que la ley... no incluye explícitamente los vehículos estacionados, y las normas jurídicas impiden interpretaciones amplias o analógicas en materia de sanciones, esta conducta queda ahora excluida del castigo.
La medida ha provocado una reacción negativa por parte de varios sindicatos policiales, en particular el Sindicato Unificado de Policía (SUP)Argumentan que la directiva compromete seguridad vial y restringe vigilancia eficaz, instando al Ministerio del Interior a revocar y revisar inmediatamente la instrucción.
Es importante tener en cuenta que el consumo de drogas en vehículos en movimiento Todavía puede constituir un delito penal, en particular en relación con violaciones de salud pública o seguridad vial, como se describe en el Código Criminal.












