La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la exalcaldesa de Orihuela Mónica Lorente y a otros ocho acusados en el principal caso de corrupción Brugal, que examinaba presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato de limpieza viaria y recogida de residuos de la ciudad.
En una sentencia que revoca parcialmente una absolución previa, el tribunal ha condenado a nueve de los 33 acusados a penas de prisión que van de cuatro meses a tres años y nueve meses. Esta decisión se produce tras una orden del Tribunal Supremo que obliga a la Audiencia Provincial a emitir una nueva sentencia tras validar las pruebas previamente declaradas inadmisibles.
Lorente, quien ejerció como alcalde entre 2007 y 2011, fue condenado a cuatro meses de prisión por prevaricación concursal y fraude. Los exconcejales Antonio Rodríguez, Manuel Abadía y Ginés Sánchez recibieron penas de prisión de cuatro meses, cinco meses y un año, respectivamente.
También fueron condenados el ex auditor municipal José Manuel Espinosa, condenado a ocho meses de prisión, y el empresario Ángel Fenoll, propietario de Proambiente SL y Colsur SL, cuyas condenas combinadas suman tres años y nueve meses. El hijo de Fenoll fue condenado a un año de prisión, mientras que dos compañeros de trabajo recibieron penas de cuatro y ocho meses, respectivamente.
La sentencia, que fue notificada este lunes a las partes y puede ser recurrida nuevamente ante el Tribunal Supremo, obliga también a cinco de los nueve condenados. (Mónica LR, Ángel FP, Francisco Javier BG, Antonio RM y Ginés SL) para indemnizar solidariamente al Ayuntamiento de Orihuela con casi 600,000 euros, así como la cantidad que quede fijada definitivamente en otro procedimiento judicial por un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche.
Entre los absueltos se encuentra José Manuel Medina, quien también era alcalde de Orihuela durante el periodo investigado.
Esta sentencia supone la segunda que emite la Audiencia Provincial de Alicante en el caso del contrato de gestión de residuos adjudicado por el Ayuntamiento de Orihuela. En la primera sentencia, dictada en 2020, todos los acusados fueron absueltos tras declararse nulas las escuchas telefónicas y los registros. Esta decisión fue revocada por el Tribunal Superior de Justicia en julio de 2024, confirmando la legalidad de las pruebas y ordenando una nueva valoración.
La nueva sentencia fue redactada por los jueces José Teófilo Jiménez y Gracia Serrano luego de que el magistrado autor del fallo original no pudiera participar por baja médica.
En su decisión, el Tribunal Supremo confirmó la investigación policial y criticó la exclusión previa de pruebas, alegando que carecía de fundamento lógico y racional y vulneraba el derecho de la fiscalía a la tutela judicial efectiva. El tribunal dictaminó que un nuevo juicio era innecesario, señalando que los acusados ya habían presentado su defensa y que las grabaciones de vídeo y la extensa documentación atenuaban el tiempo transcurrido desde los presuntos hechos, que datan de hace más de dos décadas.
El caso se centra en los hechos ocurridos entre 2000 y 2008, cuando el Ayuntamiento de Orihuela, entonces gobernado por el Partido Popular (PP), adjudicó el contrato de recogida de residuos a un consorcio posteriormente conocido como UTE Orihuela Capital de la Vega Baja. La Fiscalía acusó inicialmente a los acusados de delitos como fraude, abuso de poder, cohecho, tráfico de influencias y asociación ilícita, solicitando penas de hasta 38 años de prisión.
Lorente y Fenoll también están implicados en otras ramas de la investigación de Brugal, incluyendo un caso relacionado con la planta de tratamiento de residuos de Vega Baja, que aún está pendiente de sentencia del Tribunal Supremo. Otro caso relacionado con Brugal, relativo a la gestión de residuos en Calp, en el que varios acusados fueron absueltos, también está pendiente de sentencia firme del máximo tribunal del país.












