Se recomienda a los usuarios de patinetes eléctricos de toda España que registren sus vehículos en la Dirección General de Tráfico (DGT) y se aseguren de contar con el seguro correspondiente, tras la introducción de la nueva normativa nacional. El incumplimiento podría acarrear multas de hasta 800 €.

Tras varios retrasos, el Ministerio del Interior ha confirmado que el Registro Nacional de Vehículos para Vehículos de Movilidad Personal (VMP) ya está plenamente operativo. A partir de ahora, todos los patinetes eléctricos que circulen por la vía pública deberán estar matriculados oficialmente y contar con un seguro de responsabilidad civil vigente.

Las autoridades han dejado claro que las sanciones se aplicarán no sólo a los conductores que no registren sus scooters, sino también a aquellos que no estén asegurados o cuyas pólizas de seguro no cumplan con los nuevos requisitos legales.

¿Qué vehículos están afectados?

La nueva normativa se aplica a los vehículos de movilidad personal, definidos como vehículos eléctricos de una o más ruedas, con un solo asiento y una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora. Esta categoría incluye la gran mayoría de los patinetes eléctricos actualmente en circulación en España.

Cómo registrar un scooter

El registro debe realizarse en línea a través de la página web de la DGT y tiene un coste de 8.67 €. Una vez registrado, el propietario recibe un certificado de matriculación digital y un número de identificación oficial, que debe exhibirse en el patinete mediante una pegatina homologada colocada en un lugar visible.

El sistema distingue entre dos tipos de scooters:

  • Los scooters certificados, que ya cumplen los estándares técnicos oficiales, se pueden registrar completamente utilizando la documentación existente.
  • Los patinetes no homologados, es decir, que carecen de certificado oficial de circulación, podrán matricularse, pero solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027.

Incluso durante este período de transición, las scooters no homologadas deben estar matriculadas y aseguradas. Se podría solicitar a los propietarios documentación básica, como un comprobante de compra, una ficha técnica o fotografías del vehículo.

Requisitos de seguro obligatorios

Además del registro, han entrado en vigor nuevas obligaciones de seguro según la Ley de Seguros 5/2025. Todos los patinetes eléctricos deben contar ahora con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima estricta.

Cada póliza debe prever:

  • Al menos 6,450,000 € por reclamación por lesiones personales
  • Al menos 1,300,000 € por siniestro por daños materiales

Cualquier póliza que no cumpla con estos requisitos se considerará inválida, lo que significa que el scooter se considerará no asegurado legalmente. Por lo tanto, algunas pólizas de seguro existentes podrían no ser suficientes, por lo que se recomienda a los conductores que revisen su cobertura cuidadosamente.

Comienza la aplicación de la ley

Según las autoridades, el objetivo de las nuevas medidas es mejorar la seguridad vial, garantizar una compensación adecuada a las víctimas de accidentes y reforzar la responsabilidad entre los usuarios de scooters.

Con la entrada en vigor de la normativa, la DGT insta a todos los propietarios de patinetes eléctricos a actuar sin demora. La matriculación y el seguro en regla son ahora requisitos esenciales para quienes deseen seguir circulando legalmente por las carreteras españolas.

Los propietarios de scooters pueden completar el proceso de registro a través de la página web oficial de la DGT.